El Reglamento General de Protección de Datos lleva vigente desde 2018 y las sanciones no han dejado de crecer. En 2025, la AEPD impuso multas por un valor total superior a 46 millones de euros. La mayoría de las empresas sancionadas eran pymes que asumían estar «más o menos» en regla. No lo estaban.
¿Qué obliga el RGPD a hacer a tu empresa?
Cualquier empresa que trate datos personales de ciudadanos europeos —clientes, empleados, proveedores— está sujeta al RGPD. Eso incluye prácticamente a todas las empresas españolas. Las obligaciones básicas son cuatro: informar a los interesados de cómo usas sus datos, obtener consentimiento explícito cuando sea necesario, llevar un Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) y garantizar medidas de seguridad técnicas y organizativas.
No cumplir el RGPD no es solo un riesgo de multa: es un riesgo reputacional. Un incidente de datos puede costarle a una empresa más en pérdida de clientes que en sanciones económicas.
Los errores más comunes que detecta la AEPD en pymes
Email marketing sin consentimiento
Enviar newsletters a contactos que nunca autorizaron explícitamente su inclusión es una de las infracciones más frecuentes y más fáciles de detectar.
Videovigilancia sin cartelería
Las cámaras en instalaciones requieren informar visiblemente. Sin el cartel reglamentario el sistema es ilegal, aunque las cámaras sean legítimas.
Sin política de privacidad actualizada
Copiar una política genérica de otra web no cumple. Debe reflejar exactamente qué datos tratas, con qué finalidad y quién los recibe.
Datos de empleados mal gestionados
Los datos laborales (nóminas, control horario, evaluaciones) tienen sus propias reglas dentro del RGPD y la normativa española.
¿Necesitas un Delegado de Protección de Datos (DPD)?
No todas las empresas están obligadas a tener un DPD interno, pero sí deben contar con alguien responsable de garantizar el cumplimiento. Para pymes, la solución más eficiente es externalizar esta función con un proveedor especializado. El coste es significativamente menor que el de una multa por infracción grave, que puede superar los 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global.
El plan mínimo viable para ponerte al día
Empieza por el Registro de Actividades de Tratamiento: documenta qué datos tienes, de quién, para qué y cuánto tiempo los guardas. Después, audita tus formularios web y campañas de email. Por último, revisa tus contratos con proveedores que accedan a datos de tus clientes (gestorías, plataformas de CRM, empresas de hosting): debes tener firmado un contrato de encargado de tratamiento con cada uno. Con estas tres acciones cubres el 80% del riesgo.
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